EL DESPIDO LABORAL DEL CENTRO DE TRABAJO
El despido laboral es una de las formas de cese laboral; el cual obviamente perjudica al trabajador que lo sufre, por lo cual se establece una formalidad para la realización del despido. A continuación algunos de los puntos más importantes acerca del despido:
1.- Sólo se puede despedir a un trabajador por causa justa.
La ley establece que sólo se puede despedir al trabajador por causa justa y esta tiene que estar señalada, es decir, esta causa debe estar contemplada en la ley, de lo contrario sería un despido arbitrario o despido nulo.
2. ¿Cuantas clases de despido hay?
Están el Despido Jusificado, el Despido Arbitrario, el Despido Nulo y el Despido Fraudulento.
3. ¿Cuando estamos frente a un despido arbitrario?
Estamos frente a un despido arbitrario cuando el despido no se basa en causa justa, es decir, que el trabajador no haya cometido falta grave señalada en la ley o cuando, de haberla cometido, no se haya seguido con la formalidad prescrita por ley, la cual consiste en en notificar al trabajador con una carta de preaviso otorgándole 6 días de plazo para que realice sus descargos a las faltas imputadas y posteriormente enviar una carta de despido.
Por ejemplo, estamos frente a un despido arbitrario cuando:
-No lo dejan ingresar a su centro laboral.
-Le comunican que esta despedido sin previo aviso.
-Le imputan una falta y lo despiden sin las formalidades de ley.
4. ¿Qué beneficios me corresponden si me despiden arbitrariamente?
Si es víctima de un despido arbitrario, le corresponde su liquidación de beneficios sociales, que comprende CTS (pendiente de depositos o no depositadas), gratificaciones truncas y vacaciones truncas. Y además, una indemnización por despido arbitrario ascendente a una remuneración y media por cada año laborado ó, si trabaja con contratos a plazo fijo, de una remuneración y media por cada mes completo que falte hasta el término del contrato.
Por ejemplo: Si laboraba a plazo indeterminado por un lapso de 5 años y lo despiden arbitrariamente, su indemnización por despido será como sigue:
Sueldo: S/. 1000.00
Remuneración y media: S/. 1500.00
Remuneración y media por cada año laborado: S/. 1500.00 x 5 = S/. 7500.00
Nota: La indemnización tiene un ímite de 12 remuneraciones totales ó 8 años laborados.
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